Corte colombiana ordena otorgar visas a trabajadoras sexuales venezolanas

La sala sexta de revisión de la Corte Constitucional de Colombia ha resuelto que dado que el trabajo sexual no es una labor restringida en el país, el Estado debe proporcionar visa de trabajo a quienes decidan ejercerlo.

Esta resolución viene como respuesta a una acción legal promovida desde Chinácota, un pueblo en Norte de Santander en la región fronteriza. Desde allí empezó una pelea judicial por la reapertura de un bar que ofrecía servicios sexuales. Aunque la nacionalidad de las mujeres que ahí trabajaban no era el centro de la disputa, sino el derecho al trabajo de todas las mujeres, la Corte puso especial énfasis en cuatro mujeres de nacionalidad venezolana que ahí trabajaban.

Además la Corte prohibió al Estado las deportaciones masivas de venezolanos y venezolanas, debido a que  van en contra vía de los derechos fundamentales, “no es permisible que haya ninguna deportación masiva sin analizar la situación particular de cada persona, (…) se debe valorar las razones por las que decidieron venir a Colombia, los riesgos que corres si son expulsados”.

Desde ahora Migración Colombiana y la Defensoría del Pueblo, fueron exhortadas a procurar el bien de los migrantes para que puedan ejercer sus derechos, obtener la documentación para permanecer en el territorio colombiano y  analizar si pueden llegar a ser calificados como refugiados.

No hay cifras oficiales, pero la deportación de venezolanas que son trabajadoras sexuales en Colombia, es una práctica que se ha vuelto común. Por ahora el Ministerio de Trabajo ha abierto una convocatoria hasta el próximo 28 de abril para que quienes prestan servicios sexuales en el país se inscriban y hagan parte de la elaboración de una propuesta que permita proteger esta actividad. Las venezolanas no podrán ser excluidas.

 

Con información de El Caracol y El País.

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