Lo que hay que saber sobre la ley de objeción de conciencia

En la Cámara de Diputados se aprobó el que los médicos ejerzan la objeción de conciencia, que quiere decir que tanto doctores como personal de enfermería podrán excusar el servicio de salud.

La  reforma fue impulsada por una legisladora que de acuerdo a La Jornada, citó erróneamente el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

La reforma fue promovida por el Partido Encuentro Social, específicamente la diputada Norma Edith Martínez Guzmán. Se trata de la diputada que también ha presentado otra iniciativa para considerar la educación sexual en los libros de texto como pornografía y que, durante la discusión de los matrimonios igualitarios, espetó que, si se permitían los enlaces entre personas del mismo sexo, después las personas se casarían “con delfines y laptops”.

El cambio a la ley dividió los votos entre las bancadas, y si bien entre éstas algunos votaron en contra, al final fue avalada por 313 diputados de PRI, PAN, PVEM, PES y Panal. 26 legisladores se abstuvieron, para no tener que votarlo en contra, incluidos dos de Morena, Rogerio Castro y Blandina Ramos.

Lo que realmente se aprobó

La mencionada reforma no podría ser usada por personal médico cuando el paciente esté en peligro. Dice el boletín del Congreso:

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó adicionar el artículo 10 Bis a la Ley General de Salud para establecer que el personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de estos servicios.

El dictamen, avalado con 313 votos a favor, 26 abstenciones y 105 en contra, precisa que cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica no podrá invocarse la objeción de conciencia; en caso contrario, se incurrirá en el causal de responsabilidad profesional.

El debate

De acuerdo a la legisladora panista Teresa de Jesús Lizárraga, la ley de objeción de conciencia es un asunto de tolerancia y libertad ideológica. Citamos:

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La diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (PAN) expresó que la objeción de conciencia se inscribe en la libertad de pensamiento, de conciencia y de creencia –protegidas en tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos por México— y atiende a principios de tolerancia, libertad ideológica y no discriminación.

Norma Edith Martínez explicó, a su juicio, que la ley de objeción no es necesariamente una cuestión religiosa:

La diputada Norma Edith Martínez Guzmán (PES) afirmó que se tiene una fuerte deuda con este derecho humano básico, y protegido también por diversos convenios internacionales. No basta su protección convencional mediante la interpretación, sino que es necesario sacar ese derecho “de las lagunas jurídicas que hoy lo ahogan”.

La libertad de conciencia debe distinguirse jurídica y técnicamente de la religiosa, porque “no son lo mismo”, y consideró que es “una proyección de ignorancia muy lamentable el señalamiento de algunos medios y sectores radicales que hablan de oportunismo e inclusive de cuestiones religiosas ante esta propuesta”.

Otro diputado del PAN, Jorge Triana, dio argumentos de porqué se puede sacar de contexto lo que conlleva la mencionada reforma:

El diputado Jorge Triana Tena (PAN) rechazó que pueda haber “situaciones que llevan a una realidad apocalíptica de cómo se va a desvirtuar, de cómo vamos a meter a la religión en el sistema de salud. Es completamente falso”, pues el dictamen establece que la autoridad se encargará de homologar la normatividad administrativa para acotar excesos.

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