El Tren Maya, los derechos a la salud y a la vida

Por Giovanna Gasparello, Profesora-Investigadora, Dirección de Etnología y Antropología Social, INAH
Jaime Quintana Guerrero, periodista

El pasado 8 de mayo se dio a conocer la respuesta a la demanda de amparo interpuesta por integrantes del pueblo indígena maya ch’ol de los municipios de Palenque, Salto de Agua y Ocosingo, en la que se señalaba la violación de los derechos a la salud y a la vida que implica el inicio de las obras de construcción del megaproyecto Tren Maya en el contexto de contingencia sanitaria por el Covid-19. La demanda se contrapone al decreto presidencial del 23 de abril que declaró “programas prioritarios”, y por lo tanto exentes de la suspensión de actividades, los megaproyectos Tren Maya, Corredor Transístmico,  Aeropuerto Felipe Ángeles y la refinería de Dos Bocas, entre otros. La misma indicación se encuentra en el acuerdo de la Secretaría de Salud el 6 de abril, que considera indispensable la producción de insumos para la construcción de dichas obras. Frente a esto, la sentencia emitida por la Juez Segunda de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas determinó la suspensión provisional del megaproyecto ferroviario, pues el derecho a la salud tiene “ valor preponderante”; asimismo, afirma que “de continuar dichas obras se expondrá a números personas a actividades en zonas públicas en pleno confinamiento, poniendo en riesgo su derecho a la vida”.
El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) anunció el inicio de la construcción del primer tramo del Tren, que va de Palenque a Escárcega, a principio de mayo. En esta etapa, declaró, se emplearían 850 personas en el armado de campamentos de trabajo; junto con el número previsto de empleos indirectos, preveía 2975 personas movilizándose en plena fase 3 de la pandemia. “Lo que evidentemente […] incrementa el riesgo de contagio acelerado en nuestro municipio y las probabilidades de muerte”, expresa el texto del amparo.
Detener el avance de la obra y adoptar medidas precautorias para garantizar la salud de la población es también la exigencia de la queja interpuesta antes la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por organizaciones maya de la península de Yucatán el pasado 6 de mayo.
No hay unidades de cuidado intensivo, aunque en Palenque, para atender a la contingencia,
El respeto al derecho a la salud no es una demanda coyuntural, pues la falta de acceso a los servicios básicos en este aspecto es estructural en las regiones indígenas y rurales del estado de Chiapas –y de todo el país-.  El municipio de Palenque, cuya población es de 120.000 habitantes, cuenta con un hospital de 30 camas, esto es, una cama de hospital cada 4.000 habitantes. En Ocosingo hay dos hospitales y 65 camas para una población de 219.000 personas, lo que proporciona una media parecida. No hay unidades de cuidado intensivo, aunque en Palenque, para atender a la contingencia, se instaló un centro de salud con 12 camas y 2 ventiladores.
La violación al derecho humano a la salud, evidente en la asombrosa escasez de servicios médicos y atención hospitalaria pública, se expresa también en la generalizada falta de agua entubada y la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, así como del hábitat en las zonas interesadas por el cultivo y el procesamiento de palma africana y otros productos agroindustriales. El conjunto de las condiciones de vida en la región representa una violación rotunda al “nivel de vida adecuado” que demanda la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 25).
Las instituciones encargadas afirman que el megaproyecto Tren Maya tuvo una aprobación generalizada en la cuestionada “consulta” realizada en diciembre 2019. Las intervenciones de los representantes agrarios de las comunidades que participaron en las Asambleas Regionales Consultivas expresan el “apoyo” a la obra junto con la solicitud de servicios básicos, entre los que destaca la reiterada exigencia de clínicas, consultorios, hospitales, personal médico y medicamentos. Al igual que en el caso del Corredor Transístmico, la Secretaría de Bienestar ofreció la resolución de tales demandas condicionándola, indirectamente, con la anuencia al proyecto.
El impulso a obras de infraestructura destinadas a la industria turística, como es el Tren Maya, no tiene ninguna relación con el derecho a la salud y a la vida.
Frente a esto, la emergencia sanitaria pone de manifiesto la necesidad de garantizar el respeto a los derechos humanos básicos, entre ellos la salud, como responsabilidad institucional prioritaria en todo momento, y más aún en el contexto de extrema vulnerabilidad que actualmente sufre la población indígena y rural frente a la pandemia de Covid-19. El impulso a obras de infraestructura destinadas a la industria turística, como es el Tren Maya, no tiene ninguna relación con el derecho a la salud y a la vida.
Por su parte, los pueblos indígenas de la región saben que el cuidado mutuo es el corazón de la salud comunitaria. La autonomía zapatista, y su sistema de salud que incluye promotores de salud, hueseras, hierberos e infraestructura propia, ha permitido un gran avance en la calidad de vida de las comunidades, recuerda Saúl Hernández, coordinador de Salud y Desarrollo Comunitario A.C. Las zonas zapatistas en Chiapas se adelantaron a las medidas de “sana distancia” y, desde marzo,  se declararon en alerta roja ante el Covid-19 cerrando el acceso a su territorio. En las zonas Selva y Norte, los promotores de salud autónomos elaboraron guías y manuales de orientación para la prevención de contagios.
Parar a los megaproyectos que traen violencia, marginación y muerte: la demanda, rompiendo las barreras del aislamiento sanitario, poco a poco se transforma en acciones. El instrumento legal del amparo “contra la muerte” exige al gobierno el respeto a la naturaleza, a la madre tierra y a las culturas originarias: en sustancia, el respeto a la vida.
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