El problema no es el nuevo Sistema de Justicia Penal, sino los fiscales y policías

El 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma Constitucional que, entre otras cuestiones, sentó las bases para un nuevo Sistema de Justicia Penal que, en palabras de Silvano Cantú Martínez, introdujo una “dimensión garantista [a la Constitución] que le apuesta a reforzar el respeto y la protección de los derechos vinculados con el debido proceso legal”, incorporando los principios de publicidad, oralidad, de contradicción, de mediación y presunción de inocencia, así como medidas alternativas de solución de conflictos.

Ocho años después, el 18 de junio de 2016, entró en vigor el nuevo Sistema de Justicia Penal, que exige una actuación más responsable, profesional, con apego a los derechos humanos, de todas las autoridades que intervienen en el proceso de impartición de justicia, es decir, policías, fiscales, defensores y juzgadores, de manera fundada (con apego a la Ley), motivada (en apego a razonamientos lógico-jurídicos), de manera clara y precisa, y plenamente probada (científica y profesionalmente), acrediten si una persona es inocente o culpable.

Consecuentemente, el miércoles 5 de julio de 2017, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó una sentencia que posibilita la liberación de personas en prisión preventiva, para que siguen su proceso en libertad hasta que se dicte sentencia, lo anterior, como explica el Ministro José Ramón Cossío Díaz, “apoyándose en las disposiciones sustantivas y transitorias del nuevo Código, la Sala determinó que la revisión de la medida no implicaba que el juzgador declarara procedente en automático su sustitución o modificación, sino que ello estaba sujeto a la evaluación del riesgo que representara el imputado y al debate que debían sostener las partes en la audiencia respectiva, con independencia de la aplicación de las medidas de vigilancia o supervisión que podrían ordenarse. Lo que finalmente resultó fue la necesidad de que en una audiencia, a solicitud del procesado y con la posible oposición del Ministerio Público, la víctima y el ofendido, el juez determinara si el imputado debía o no seguir su proceso en libertad”.

Las consecuencias del uso excesivo de la prisión preventiva han sido ampliamente documentadas: hacinamiento y violencia en las cárceles; dificultad de acceder a una defensa adecuada o pagar una fianza en personas de bajos recursos

Lo anterior permite garantizar el derecho a la presunción de inocencia de los imputados, que, en palabras del Ministro Arturo Zaldívar, “se reduce al principio básico de que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario, más allá de toda duda razonable”. La presunción de inocencia implica, entre otras cosas, emplear la prisión preventiva de manera excepcional, toda vez que se trata de la medida cautelar más severa que se puede imponer a una persona que aún no ha sido sentenciada, que -como indica el Ministro Zaldívar- “solo puede dictarse para garantizar la efectividad del proceso, cuando otras medidas menos graves no sean suficientes para ese efecto”.

Lamentablemente, en México se ha vuelto una idea generalizada -basada en el desarrollo del anterior sistema de justicia penal- que justicia implica encerrar a toda persona sobre la que recaiga una acusación en materia penal. Sin embargo, como bien ha apuntado el Ministro Arturo Zaldívar, las consecuencias del uso excesivo de la prisión preventiva han sido ampliamente documentadas: “propicia condiciones de hacinamiento y violencia en las cárceles; tiene un impacto desproporcional en las personas de menores recursos por la dificultad de acceder a una defensa adecuada o pagar una fianza; eleva los costos de la gestión penitenciaria, y genera un incentivo para alargar los procesos, así como para dictar sentencias condenatorias que justifiquen los largos periodos de reclusión preventiva”.

Por tanto, el uso excesivo de esta resulta violatoria de los derechos humanos, pues como bien apunta el Ministro Zaldívar, “adelanta la pena por delitos que quizá no fueron cometidos, o que habiendo sido cometidos, son irresponsablemente calificados como graves en las legislaciones locales”, además que no garantiza seguridad a la sociedad, pues “no sirve para desalentar la comisión de delitos, ni para salvaguardar los derechos de las víctimas”. Así, en palabras del Ministro Zaldívar, “un sistema en el que la prisión preventiva sea la regla general no es más eficaz, sino profundamente injusto, porque sirve para castigar la pobreza, no la delincuencia”.

Sin embargo, la anterior resolución desató fuertes críticas por parte de algunos gobernadores -encabezados por el Jefe de Gobierno de la CDMX-, el Comisionado de Seguridad Pública y personajes como Ricardo Alemán -quien ha calificado al nuevo Sistema de Justicia Penal como “una puerta giratoria”, argumentando, incluso, que Javier Duarte podría salir libre, a causa de dicho sistema-, y, sin aportar un solo dato -como bien apunta Carlos Puig- han responsabilizado al nuevo Sistema de Justicia Penal de la escalada de violencia que aqueja al país.

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No obstante, datos publicados por José Merino y Carolina Torreblanca, prueban que el aumento en la violencia precede a la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal por dos años: “a partir de noviembre de 2015, mes en el que se registraron menos averiguaciones previas por homicidio doloso de los últimos seis años, la violencia en México rebotó”, subiendo de manera significativamente desde entonces, alcanzando, un mes antes de la implementación del nuevo sistema, los niveles de homicidio similares a los de finales de 2012.

Merino y Torreblanca explican en su estudio -con datos-, que el aumento en la violencia inició un año antes de la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal; posteriormente, ya una vez implementado el nuevo Sistema de Justicia Penal, el mayor crecimiento desde 2016 -ocurrido entre los meses de junio y julio de ese año, con 969 averiguaciones y 1,159, respectivamente- es coincidente con el retraso en la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal, en Michoacán, Guerrero y Veracruz, entidades federativas que reportaron los mayores crecimientos totales en ambos meses.

La violencia se explica, más bien, por el aumento en el uso de armas de fuego en nuestro país: la compra de armas en México creció un 331% en el periodo 2011 a 2015 (datos reportados por el Instituto Internacional de Estudios para la Paz de Estocolmo). Por su parte, el total de averiguaciones previas por homicidio entre enero de 2011 y mayo del 2017 (Merino y Torreblanca), 57.4% fueron con arma de fuego; es decir, y de acuerdo con dato proporcionados por Merino y Torreblanca, “no ha habido un mes desde 2011 en el que el porcentaje de averiguaciones de homicidios por arma de fuego sea menor al 50% del total de averiguaciones”.

Lo anterior implica, como bien apuntan Merino y Torreblanca, que “independientemente del sistema de justicia penal, cuando la violencia crece, es porque está siendo empujada por un tipo específico de violencia en la que el uso de arma de fuego es más común para matar”; lo anterior se sostiene al considerar que, por ejemplo, en mayo de 2011 y mayo de 2017 (los dos meses más violentos desde 2011) “los porcentajes con arma de fuego fueron 58.8% y 66.1% respectivamente” (Merino y Torreblanca).

Sin embargo, lo que los gobernantes pretenden, perversamente -como califica Jorge Volpi, es rehuir a su obligación para garantizar y establecer condiciones de seguridad para los ciudadanos. No es el nuevo Sistema de Justicia Penal el culpable, es la renuncia expresa a cumplir con dicha obligación, a invertir en capacitar a policías y agentes ministeriales, responsables de prevenir, perseguir e investigar la comisión de delitos. Es más sencillo para un gobierno encerrar a cualquier acusado, que investigar y probar que es culpable. Se gasta menos dinero -en preparar a policías y fiscales, y en investigar- y mediáticamente da la sensación de brindar protección a los ciudadanos, cuando no es así.

Así lo indican cifras trabajadas por Pepe Merino, y que coinciden con un investigación de Guillermo Zepeda Lecuona, retomadas por Carlos Puig que lo llevan a concluir que los recursos que se entregan a policías, fiscales y jueces dan para una limitada capacidad del sistema para impartir justicia. Desde hace veinticinco años, el número de personas sentenciadas (que no es lo mismo que imputadas) por homicidio doloso, es el mismo: 5 mil personas, aunque según el año en que se contabilicen, puede variar mil más o mil menos. Lo anterior quiere decir que, si hay 10 mil homicidios dolosos en un año, y 30 mil homicidios dolosos en el siguiente, los sentenciados por dicho delito serán 5 mil en ambos (Merino y Torreblanca).

De igual manera, la incapacidad y poca preparación de policías y fiscales queda de manifiesto al retomar el dato oficial del Poder Judicial de la Federación (obtenido por Animal Político), que indica que 85% de los detenidos, y cuyos casos han sido enviados a jueces federales, no han derivado de una investigación profesional y científica previa, sino porque los imputados son detenidos en flagrancia (55% detenido con armas de fuego; 21.5% con drogas; y, 7.6% con combustible robado).

Queda de manifiesto que el problema no es el nuevo Sistema de Justicia Penal, ni su implementación, sino la falta de capacitación de policías y fiscales. Como ha mencionado el Magistrado Roberto Flores Toledano, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Puebla, “mientras las necesidades [del Sistema de Justicia Penal] crecen los recursos no, estamos pasando por un momento que también es difícil desde un punto de vista financiero que no nos ha permitido crecer con los números que quisiéramos, pero de lo que sí estoy seguro es que estamos sacando el trabajo adelante y muy bien”.

El problema no es el nuevo Sistema de Justicia Penal, sino la falta de capacitación de policías y fiscales.


No obstante que en ocho años se invirtieron y destinaron 15 mil millones de pesos para capacitación e implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal, los gobiernos prefirieron emplearlo en generar infraestructura (de acuerdo con Cidac, 11 mil 200 millones se destinaron a 742 proyectos de infraestructura y equipamiento; 67% no ha sido concluido), en lugar de capacitar y preparar policías, agentes del ministerio público, asesores jurídicos y jueces. Por si fuera poco, a nivel federal tan sólo hay 66 asesores jurídicos -encargados de asesorar a las víctimas u ofendidos- para resolver la demanda de 23.5 millones de delitos registrados anualmente (datos del 2015, INEGI); y, 25 abogados para atender a personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas.

No necesitamos agregar más delitos a la clasificación de graves que ameriten prisión preventiva; necesitamos mejores policías y agentes del ministerio público capacitados. Añadir la portación de arma de fuego al catálogo delitos graves, sólo facilitará el trabajo a los policías y fiscales para seguir metiendo personas a la cárcel. Tomando en cuenta que la gran mayoría de las personas que se consignan ante un Juez Federal son detenidos en flagrancia, sin que medie investigación previa alguna, bastará que siembren un arma de fuego -de las más de 20 mil armas que, como denunció Paulina Arriaga, han desaparecido entre 2010 y 2016-, para que se condene a cualquiera, que generalmente resultan ser los más pobres -que no tendrán para pagar la “mordida” para salir de prisión preventiva.

En ocho años, los gobiernos prefirieron emplear miles millones en infraestructura en lugar de capacitar y preparar policías
¿Queremos un sistema de justicia penal de primer mundo, basado en los derechos humanos? O, ¿Queremos un sistema como el anterior, donde un Agente del Ministerio Público -que era autoridad, y no parte en el proceso-, sin pruebas y basado sólo en su dicho -previo a la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal, el 92% de las acusaciones carecían de evidencia física, su sustento eran los dichos de testigos oculares- impute delitos a cualquier ciudadano? Las cárceles en México están llenas de inocentes y de pobres; las Agencias Ministeriales plagadas de corrupción, desdén e ineptitud.

El nuevo Sistema de Justicia Penal abre las puertas a la justicia y a la verdad, a la certeza en los juicios en materia penal, despresuriza las prisiones -en donde sólo se criminaliza a la pobreza-, y rompe con prácticas violatorias de derechos humanos -el 41% de los presos durante el sistema de justicia anterior, fueron torturados; el 93% nunca vio una orden de aprehensión cuando fue detenido-. Ello garantiza que los inocentes estén en libres, en las calles.


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Todos, incluyendo a víctimas e imputados, gozamos de derechos, ello implica que si alguien es acusado -que debe quedar claro, la simple acusación no lo convierte automáticamente en delincuente- de cometer un delito, sea mediante pruebas y un juicio justo que se declare si se es culpable o inocente. No antes.

Una sociedad que abusa del empleo de la prisión preventiva, es una sociedad que atenta contra sí misma, en tanto que privilegia y promueve la injusticia, que castiga a inocentes, con tal de facilitar la labor de impartición de justicia a las autoridades. Liberar inocentes no es fomentar la impunidad, es garantizar justicia a la sociedad.

Las cárceles en México están llenas de inocentes y de pobres; las Agencias Ministeriales plagadas de corrupción, desdén e ineptitud.

El Magistrado Roberto Flores Toledano, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Puebla ha dicho que “darle marcha atrás a un sistema viejo, anquilosado, que poco cumple con expectativas de justicia de la ciudadanía” no es opción, por lo que se debe reforzar el nuevo Sistema de Justicia Penal, “darle confianza y esperar a que se siga consolidando”. Una contrarreforma al nuevo Sistema de Justicia Penal, nos condenaría a más injusticias, impunidad y corrupción.

Como ha declarado Pedro Salazar, “el problema no está en el diseño del modelo, no está en su concepción ni orientación…el problema está en la implementación y por lo mismo en los gobernadores”.

CRÉDITOS

Redacción: Juan Manuel Ramírez Velasco

Edición: César Alan Ruiz Galicia

Diseño web: Francisco Trejo Corona

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3 comentarios

  1. ogmios03
    24/07/2017 at 13:37 — Responder

    Cierto todo esto, pero tampoco el aumento de la violencia es por las armas de fuego. Nada tiene que ver, la violencia es porque unos pcoos de pueden armar y andar a sus anchas.

  2. […] culpables, además de lo lento de los procesos legales. Ahí entra el famoso usted disculpe, que cuesta años en prisión a miles de […]

  3. […] una condena. Es un asunto de causa y efecto, ya que en todo caso no debería ser así pero tenemos Ministerios Públicos ineficientes, juzgados que no han entrado como deberían al sistema de justici… y una cultura punitiva en la que servidores públicos consideran digno de presumir el que, […]

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