Instituciones para la honestidad en el ejercicio público
La Real Academia Española, define y señala sobre la corrupción lo siguiente “En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores”. Como puede apreciarse, en el caso del servicio público, la corrupción radica en utilizar los medios de los que dispone una persona en su propio beneficio y este puede ser distinto al económico, por ejemplo, cuando un funcionario utiliza dinero de la ciudadanía para promoverse o posicionarse políticamente, esta práctica de manera regular no se cuestiona pues el funcionario simplemente suele decir que realiza las funciones del encargo.
Para la Secretaría de la Función Pública federal la corrupción es el abuso de poder para el beneficio propio. Por sus dimensiones puede clasificarse en una de gran escala, menor y política debido a la cantidad de fondos que se pierden así como el ámbito en donde se ejercen. Esto, puede decirse, es un mal que aqueja a los gobiernos y debe combatirse ya que los daños que causan son al Estado mismo y en evidencia a la nación.
De acuerdo con el reporte “Índice de Percepción de la Corrupción” (IPC) en su edición del 2016 México está entre los países con mayor corrupción a nivel mundial ya que entre 176 naciones evaluadas México se encontraba en el lugar 123 con peor percepción de la corrupción, al obtener una calificación de 30 puntos sobre 100 puntos posibles de evaluación. Cabe aclarar que esta evaluación es sobre la percepción, pero se elabora con base en encuestas que responden empresarios y analistas del país e indican cómo se encuentra un Estado en el rubro descrito.
Para cambiar esa percepción y realidad en el orden federal en el año 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expiden la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con lo que se abrió un nuevo capítulo en la disponibilidad pública para enfrentar esta práctica nociva que además de generar graves pérdidas económicas, fractura la credibilidad y legitimidad de las instituciones en México.
Del mismo modo, distintos estados de la República trabajan en concretar sistemas anticorrupción para cambiar no sólo percepción sino la evidencia de prácticas corruptas que en pocas palabras se traducen en robarse el dinero de la gente con amplios márgenes de impunidad. El estado de Nuevo León recién aprobó una reforma constitucional para establecer el Sistema Estatal Anticorrupción que tiene entre sus características: un Fiscal General Autónomo, un Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, un Fiscal Especializado en Delitos Electorales y la creación de una Sala Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas que estará en el Tribunal de Justicia Administrativa.
Entre los avances significativos que tiene de reforma están la desaparición del fuero a todos los servidores públicos con ese beneficio y la aplicación de la Ley 3 de 3. También se elevó a rango constitucional la imprescriptibilidad (es decir que un hecho delictivo no será invalidó sólo porque pasó el tiempo) y la acción de extinción de dominio para recuperar bienes obtenidos por un hecho ilícito cometido por un servidor público.
El sistema se aprobó el 9 de marzo con 36 votos a favor, 0 en contra y sólo una abstención, y se puso como límite temporal 90 días para realizar las reformas en las leyes secundarias y un plazo de 120 días para que entre en vigor. El dictamen lo presentaron los diputados Héctor García García, Hernán Salinas Wolberg, Samuel Alejandro García Sepúlveda y Yanira Gómez. Las reformas colocan a Nuevo León a la vanguardia en las normas e instituciones frente a la corrupción. Sería importante conocer la postura del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción sobre la reforma constitucional de Nuevo León; sin duda, los cinco expertos que lo integran, podrían señalar si algunos de sus elementos pudieran ser de alcance nacional.