La revista Nexos ha investigado los otros datos en defunciones por COVID-19, Gobierno Federal responde cesando contratos por dos años
¿Qué nos dicen las actas de defunción de la CDMX? Actualización al 9 de agosto 2020
La circular dice lo siguiente, y puede verse en la página oficial de Segob:
Dependencias, entidades, empresas
productivas del Estado y equivalentes
de las entidades de la Administración
Pública Federal y de los gobiernos de
las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 114 fracciones II y 115 de su Reglamento; 1, 2, 3, 13, 35, 36, 38, 56, 57 fracción I, 70, fracciones II y VI, y 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 18, 26 y 37 fracciones XII y XXIX y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 4, 6 fracción III B, numeral 3, 8 fracciones V, VI, X y XI, 38 fracción III numeral 12 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2020; 83 párrafos Primero, Segundo, Tercero y Sexto del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en cumplimiento a lo ordenado en los Resolutivos Tercero y Quinto de la Resolución número 00641/30.15/3814/2020 de fecha 17 de agosto de 2020, que se dictó en el expediente número PISI-A-NC-DS-0011/2019, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa NEXOS SOCIEDAD, CIENCIA Y LITERATURA, S.A. DE C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de DOS AÑOS; en caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la empresa NEXOS SOCIEDAD, CIENCIA Y LITERATURA, S.A. DE C.V. no haya pagado la multa impuesta a través de la citada resolución, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a diecisiete de agosto de dos mil veinte.- El Titular del Área de Responsabilidades, Jorge Peralta Porras.- Rúbrica.