La revista Nexos ha investigado los otros datos en defunciones por COVID-19, Gobierno Federal responde cesando contratos por dos años

La Secretaría de la Función Pública, y sus titulares, siguen en una implacable labor… para acallar a los críticos del gobierno federal. Hoy en el Diario Oficial de la Federación se publicó una circular en la que se sugiere, por no decir que se obliga, el terminar o no comenzar contratos publicitarios (por dos años) con la revista Nexos, fundada por Héctor Aguilar Camín.
El intelectual y su publicación, coinciden, han sido críticos -con inteligencia- para la gestión del presidente López Obrador. Especialmente en tiempos recientes, donde su conteo alternativo pero con rigor científico, ha demostrado que el conteo de fallecidos durante la pandemia del COVID-19 ha sido opaco por la federación.
Justamente hoy, ha sido publicada la actualización de Agosto del 2020:

¿Qué nos dicen las actas de defunción de la CDMX? Actualización al 9 de agosto 2020

La circular dice lo siguiente, y puede verse en la página oficial de Segob:

Circular No. 00641/30.15/3818/2020
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA NEXOS SOCIEDAD, CIENCIA Y LITERATURA, S.A. DE C.V.

Dependencias, entidades, empresas

productivas del Estado y equivalentes

de las entidades de la Administración

_____

_____

Pública Federal y de los gobiernos de

las entidades federativas.

Presentes.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 114 fracciones II y 115 de su Reglamento; 1, 2, 3, 13, 35, 36, 38, 56, 57 fracción I, 70, fracciones II y VI, y 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 18, 26 y 37 fracciones XII y XXIX y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 4, 6 fracción III B, numeral 3, 8 fracciones V, VI, X y XI, 38 fracción III numeral 12 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2020; 83 párrafos Primero, Segundo, Tercero y Sexto del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en cumplimiento a lo ordenado en los Resolutivos Tercero y Quinto de la Resolución número 00641/30.15/3814/2020 de fecha 17 de agosto de 2020, que se dictó en el expediente número PISI-A-NC-DS-0011/2019, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa NEXOS SOCIEDAD, CIENCIA Y LITERATURA, S.A. DE C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de DOS AÑOS; en caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la empresa NEXOS SOCIEDAD, CIENCIA Y LITERATURA, S.A. DE C.V. no haya pagado la multa impuesta a través de la citada resolución, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma.

En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.

Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.

Atentamente
Ciudad de México, a diecisiete de agosto de dos mil veinte.- El Titular del Área de Responsabilidades, Jorge Peralta Porras.- Rúbrica.

Previo

Personal de la ENEO recibirá atención psicológica por los estragos del COVID-19, ¿no debería ser así para cada comunidad médica?

Siguiente

La virgen llora sangre