El Sistema Nacional Anticorrupción. Siete y van cero
Gabriel Alejandro Pérez García es miembro del colectivo CIMTRA Jalisco
Este pasado 27 de mayo de 2016, la reforma constitucional que dio vida al Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) cumplió un año de ser publicada en el Diario Oficial de la Federación; y a su vez venció el plazo en que los legisladores se propusieron habrían dictaminado en su totalidad las siete leyes secundarias que formarían parte de este sistema.
Lamentablemente, la falta de consensos y el deseo de la clase política de México por mantener privilegios se hicieron presentes en el Congreso de la Unión evitando así que el SNA se dictaminara en tiempo y forma. Diversos medios reportan un avance de más del 95% en el dictamen de las siete leyes que permitirán a la reforma constitucional reorganizar la administración pública en los tres niveles de gobierno de tal modo que el combate a la corrupción se convierta en una realidad. Estas leyes son las siguientes:
Dos leyes nuevas de carácter general:
1. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Como su propio nombre lo describe, el SNA no consiste en una institución sino en un sistema cuyo objetivo será coordinar las acciones de diversas instituciones que serán parte de la estructura orgánica cuyas bases sostendrán el combate a la corrupción en todos los niveles de gobierno.
2. Ley General de Responsabilidades Administrativas: Instrumento que homologue las “reglas del juego” en cuanto a las obligaciones y sanciones a que todos los funcionarios públicos e individuos que reciban y ejerzan recursos públicos serán sujetos. La sociedad civil organizada remitió una iniciativa popular a fin de que en esta ley se incluya la obligatoriedad de publicar las declaraciones patrimoniales, fiscales y de intereses.
Creación de una ley nueva:
3. Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Ley orgánica que establecerá el funcionamiento de un tribunal encargado de determinar las sanciones a funcionarios públicos y particulares involucrados en actos de corrupción.
Reforma a las leyes ya existentes:
4. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Si recordamos tras la primera intención de crear una “Comisión Nacional Anticorrupción” orgánicamente se desapareció la Secretaría de la Función Pública; por lo que actualmente esta secretaría técnicamente “no existe” y es necesario reintegrarla como la institución de control interno encargada de prevenir, identificar y sancionar faltas administrativas no graves. Algunos medios reportan un posible cambio de nombre a esta secretaría.
5. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Uno de los deseos de todos los ciudadanos es que se combata la impunidad en el despilfarro de recursos públicos. Con la reforma que se trabaja actualmente se permitirá a la Auditoría Superior de la Federación, fiscalizar recursos públicos en tiempo real y no esperar a que concluya la cuenta pública, así como fiscalizar cuentas públicas de años anteriores producto de denuncias o escándalos.
6. Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República. Como parte de la más reciente reforma política, se hizo presente la transformación de la Procuraduría General de la República en la Fiscalía General de la República, organismo público autónomo de acusación e investigación; que a su vez, contará con una sub-fiscalía anticorrupción, cuyo titular será encargado de realizar las investigaciones en casos de corrupción.
7. Código Penal Federal. Se deberán hacer las modificaciones necesarias para que se tipifiquen los delitos de corrupción y se apliquen penas corporales adicionales a las administrativas.
Se ha concluido que la corrupción es un fenómeno social cuyas causas y consecuencias se distribuyen a través del tejido social mediante redes de corrupción, clientelismo y tráfico de influencias con servidores públicos y particulares en todos los niveles de gobierno; por lo tanto, tras la aprobación de estas leyes secundarias, lo siguiente deberá ser que las legislaturas locales aprueben y armonicen sus respectivas leyes para crear Sistemas Estatales Anticorrupción en armonía con la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y así, finalmente contar con los instrumentos jurídicos mínimos necesarios para prevenir, perseguir y sancionar los actos de corrupción.
El principal argumento por parte de los legisladores para negarse a haber aprobado las siete leyes secundarias del SNA en el plazo establecido, era evitar que se pervirtiera el combate a la corrupción en una “cacería de brujas”, sin embargo, es un hecho que si tenemos brujos en México, los ciudadanos queremos cazarlos siempre y cuando haya pruebas de que son brujos.
Se espera que esta semana tanto en la cámara de diputados como en comisiones del senado se dictaminen las siete leyes del SNA, solo resta estar al pendiente y esperar que estos dictámenes estén a la altura de las exigencias de los ciudadanos y que garanticen un efectivo combate a la corrupción.