¿Por qué la SCJN retiró de momento el proyecto para invalidar la prisión preventiva oficiosa?
Luis María Aguilar, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), presentó una iniciativa para declarar inconvencional la prisión preventiva oficiosa, figura que se encuentra plasmada en el artículo 19 de la Constitución mexicana.
Las discusiones del Pleno para argumentar los votos sobre este asunto se llevaron a cabo el 5 y 6 de septiembre de 2022, a inicios de esta semana. Si bien una buena parte de las ministras y ministros coincidieron que esta figura es perjuiciosa para los derechos de las y los mexicanos, la mayoría de las intervenciones dejaron ver que su intención de voto se opondría a la iniciativa.
La votación final fue aplazada para este jueves 8 de septiembre, no obstante Luis Aguilar retiró la propuesta antes que esta se llevara a cabo.
¿Por qué se retiró?
La razón fue una reformulación de la misma, reiterando que reunirá más argumentos y hará una nueva metodología para volver a presentar el tema a discusión.
Los perjuicios de la prisión preventiva oficiosa
Esta medida ha sido señalada y criticada por diversos actores de la sociedad de nuestro país. Consiste de la privación de la libertad automática de una persona acusada por alguno de una serie de delitos, estipulados en el mismo artículo 19 constitucional. Es decir, si un individuo es vinculado a proceso por un juez, acusado de un crimen que amerite este tipo de medida cautelar, será inmediatamente encarcelado sin que se presente prueba alguna de su culpabilidad.
La prisión preventiva oficiosa es un recurso opuesto a los principios jurídicos de presunción de inocencia y debido proceso. Además, está fuera de proporcionalidad, puesto que no se justifica su aplicación en cada situación, llegando a ser un castigo anticipado a personas cuya culpabilidad no se ha demostrado y que en decenas de casos son inocentes.
Posicionamiento de la SCJN
Cuatro de los miembros de la SCJN se posicionaron a favor de la propuesta del ministro Aguilar, que declararía no convencional la prisión preventiva oficiosa. El resto dio motivos para rechazarla, siendo uno de los principales la falta de atribuciones de la Corte para invalidar un fragmento de la propia Constitución, ley suprema de México.
Considerando los argumentos y las intenciones de voto, la iniciativa fue retirada para ser replanteada. Aguilar expresó que la mayoría del Pleno coincide que la prisión preventiva oficiosa es contraria a los derechos humanos, vulnerando a los sectores más desfavorecidos de la población mexicana.
“Jamás he puesto en duda que la Constitución es la norma suprema a la cual le debemos lealtad y obediencia“, explicó el ministro. Añadió además que “no armonizar el contenido del artículo 19 constitucional, significaría ignorar, invalidar o inaplicar el artículo 1 constitucional“.
Luego de retirar la propuesta, Arturo Zaldívar, ministro presidente, eliminó la votación de la orden del día y afirmó que el nuevo debate sobre la prisión preventiva oficiosa “será presentado en el momento en que el ministro ponente considere que tiene todos los elementos para que se pueda ver la nueva propuesta”.