¿Qué se aprobó sobre la regulación del consumo lúdico de marihuana en México? Aquí te explicamos

En Senado se tomaron en serio que es la hora de regular y ya aprobaron la regulación del uso lúdico y el cultivo de la marihuana en México. Esto no quiere decir que ya podemos fumar un churro por la calle o comprar productos cannábicos en el Oxxo dentro del futuro cercano.

¡Es hora de regular (por la paz)! Va Movimiento Ciudadano por aprobación de iniciativa sobre marihuana en México

Sin embargo, la regulación era un tema urgente por motivos sociales y de seguridad interior, siendo por eso que algunas fuerzas políticas decían que la votación del 19 de Noviembre sí es sobre las drogas, pero también es para tener regulación por la paz.

Con 82 votos a favor se aprobó el dictamen que regula el uso de la marihuana.

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Entre los votos en contra, podemos encontrar posturas desde Acción Nacional, cuya comunicación institucional incluso se atreve a criminalizar a los consumidores:

Entre lo que hay que entender del dictamen aprobado está lo siguiente:

1. El aumento de plantas en el domicilio, estaba en cuatro y aumentó de 6 a 8.

2. Se eliminó la obligación de establecer barreras físicas en los domicilios para evitar el humo de segunda mano.

3. Establecer el retiro de antecedentes penales de manera explícita.

4. Permitir que una persona pueda adquirir varias licencias, cuidando acciones afirmativas (se limitaba a una sola).

5. Permitir adquirir más de 1 hectárea de cultivo, cuidando acciones afirmativas (estaba limitada a solo una hectárea).

6. Se elimina la prohibición de otorgar licencias a familiares de personas que ya cuentan con una licencia (había una prohibición hasta el cuarto grado).

7. Establecer una distancia entre establecimientos cannábicos y escuelas de no menos de 500 metros, y que cuenten con dispositivos de purificación de aire.


8. A la estructura del Instituto se agrega un Consejo Directivo, para otorgar espacios a 3 personas de la sociedad civil.

9. Eliminar la negativa ficta en las solicitudes de licencia (se establecía que si no responden una solicitud de licencia, se entendía como negada).

10. Eximir a personas cuidadoras del tipo penal que prohibe suministrar cannabis a otras personas, cuando no medie prescripción médica.

11. Permitir alimentos y derivados de cáñamo.


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La posesión simple no se movió. Se permiten 28 gramos. Si se exceden los 28 gramos, y hasta los 200 gramos, se puede aplicar multa que va de 60 hasta 120 veces el valor diario de la UMA, es decir, de 5,212.8 a 10,425.6 pesos.

12. Arriba de los 200 gramos y hasta 28 kgs., corresponde al Ministerio Público local, y a las autoridades locales, perseguir por la vía penal dicha posesión. Si se excede de los 28 kgs., o si se presume delincuencia organizada, intervendrá el Ministerio Público Federal.

13. ¿Dónde se podrá fumar marihuana? En domicilios particulares y en los locales de asociaciones canábicas.
La aprobación del dictamen de regulación se debió haber hecho el pasado 30 de abril. Ya era hora.

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