No es la respuesta adecuada ni una solución: La ONU sobre la Ley de Seguridad Interior
Zeid Ra’ad Al Hussein es el alto comisionado de la ONU para los Derechos Humanos y opinó de manera pública, en su rol de especialista y desde la institución donde labora, que la Ley de Seguridad Interior “es un proyecto muy preocupante” y sugirió que no se apruebe la norma en su estado actual.
Leemos en Animal Político sus declaraciones:
“La aprobación de un nuevo marco legal para regular las operaciones de las fuerzas armadas en labores de seguridad ciudadana no es la respuesta adecuada. El actual proyecto legislativo podría debilitar los alicientes que tienen las autoridades civiles para asumir plenamente sus funciones como agentes encargados de hacer cumplir la ley”, dice el Alto Comisionado en un comunicado.
Según la @ONUDHmexico el uso de militares en asuntos de seguridad no ha reducido la violencia y ha aumentado las violaciones a derechos humanos. ¡Queremos #SeguridadSinGuerra! Infórmate, participa y firma contra la aprobación de la #LeyDeSeguridadInterior https://t.co/e8Plw3FvWG pic.twitter.com/JEIcwlJkR3
— Fundar (@FundarMexico) December 4, 2017
La CIDH mandó también un comunicado:
“Hay preocupación sobre el proyecto de ley sobre seguridad interior de México, que contiene preceptos contrarios a estándares en materia de derechos humanos. Según la información recibida, este proyecto de ley significaría la normalización, regulación y la permanencia de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública”.
Lo que particularmente preocupa a la ONU son estos 14 puntos:
- Ambigüedad de conceptos.
- 2. Violación al principio de necesidad.+
- Papel indebido de las Fuerzas Armadas.
- Sometimiento de la autoridad civil al mando militar.
- Ausencia de controles.
- Ausencia de políticas de fortalecimiento de las instituciones.
- Indebida regulación del uso de la fuerza.
- Indebida protección y garantía de los derechos humanos.
- Afectaciones a la protesta social.
- Ausencia de transparencia.
- Lesión a la autonomía.
- Inconstitucionalidad e inconvencionalidad.
- Ámbito de excepción del derecho procesal administrativo.
- Ausencia de explicitud de los principios rectores-