Los Ingresos y gastos de campaña en la elección del Estado de México

Vale la pena analizar el caso concreto de la elección a Gobernador, de diputados locales y Ayuntamientos, en el Estado de México. El Código Electoral de EDOMEX establece que el financiamiento de campañas para Gobernador será el equivalente al 50% del financiamiento que reciban los partidos políticos para sus actividades ordinarias; y, para el financiamiento para la elección de diputados y Ayuntamientos, será del 30%. El 30% de dicha cantidad se distribuye de manera equitativa entre los partidos políticos, y el 70% restante, se distribuye en forma proporcional directa de la votación obtenida por el partido político en la última elección.

Así, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México acordó que el financiamiento público para la obtención del voto que recibirán los partidos políticos en 2017 es el siguiente: 73 millones 671 mil 630 pesos, que corresponden al PRI; 43 millones 13 mil 721 pesos, al PAN; 37 millones 511 mil 14 pesos al PRD; 29 millones 169 mil 202 pesos a Morena; 15 millones 511 mil pesos al PT; 15 millones 428 mil pesos para el PVEM; 15 millones 819 mil pesos, a Nueva Alianza; y, 18 millones 102 mil 87 pesos para el PES. Es decir, el PRI-PVEM-NA-PES contarán con 91 millones 804 mil 964 pesos de financiamiento para su candidato a Gobernador.

De igual manera, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México determina el tope de gastos de campaña de la siguiente manera: la cantidad que resulte de multiplicar el 34% del valor diario de la UMA, por el número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral en el Estado (11 millones 126 mil electores).

Así, para la elección de este año, el Instituto local acordó fijar el tope de gastos de campaña en 285 millones 566 mil 771 pesos 27 centavos, lo que implica que cada candidato a Gobernador podrá gastar 4 millones 759 mil pesos diarios en campaña, cifra equivalente al 85% de lo establecido para la elección presidencial de 2012 (que fue de 336 millones de pesos), y muy por encima de los topes de gastos de campaña fijados el año pasado para elecciones de Gobernador de otras entidades federativas.

El tope de gastos de campaña es de 285 millones 566 mil 771 pesos 27 centavos

Se trata, pues, de las campañas locales más caras hasta ahora. De acuerdo con la información presentada -a tres semanas de que concluyeran las campañas electorales- por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en promedio, entre todas las campañas de los candidatos a Gobernador en el Edomex, se gastaron 4 millones de pesos al día; es decir, cada candidato gastaba, en promedio, 690 mil 381 pesos. La cifra resulta reveladora, a pesar de que los candidatos reportaron, en promedio por día, 2.45 operaciones, es decir, apenas una operación de ingreso y una de gasto por día.

El candidato que contaba con mayores recursos, al 10 de mayo del año en curso, era Alfredo del Mazo, del PRI, con 89 millones 439 mil 998 pesos; seguido por Josefina Vázquez Mota, del PAN, con 57 millones 713 mil 785 pesos; por debajo, se encontraba Delfina Gómez, de Morena, con 31 millones 530 mil 649 pesos; por detrás se encontraba Juan Zepeda, del PRD, con 14 millones 547 mil 808 pesos.
Sin embargo, y a pesar de lo reportado oficialmente al INE, las acusaciones por financiamiento ilegal y rebase del tope de gastos de campaña atribuidos, principalmente, a Alfredo del Mazo del PRI, han sido constantes. Emilio Álvarez Icaza, promotor de Ahora, denunció -ante el INE y la PGR- la existencia de una red de corrupción encabezada por el PRI vinculada a empresas como OHL, que benefician directamente a Alfredo del Mazo. Corresponderá a las autoridades electorales -a pesar de la complejidad del entramado legal-, tanto administrativas como jurisdiccionales, investigar y sancionar, en su caso, las conductas denunciadas en contra del candidato del PRI. De ello depende el éxito o fracaso de la reforma constitucional en materia político-electoral de 2014, y el destino y desarrollo del proceso electoral federal 2017-2018.

Contexto: Las reglas para el financiamiento en elecciones

La Constitución establece que el financiamiento a partidos políticos debía ser preponderantemente público; se estableció la -inequitativa- actual fórmula de distribución del financiamiento público (70% proporcional a los votos obtenidos en la última elección, y 30% de modo igualitario entre los partidos políticos); y, se estableció que la Ley correspondiente fijaría los criterios para determinar los topes de gastos de los partidos políticos, así como las sanciones que se impondrían en caso de rebasarlos.

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Son estas las bases del actual marco regulatorio de financiamiento, tanto de actividades ordinarias como de campaña, de partidos políticos. Así, la Ley General de Partidos Políticos establece las bases para dicho financiamiento:

  • Los partidos tienen derecho a recibir financiamiento público a nivel federal y estatal;
  • Las aportaciones de militantes no pueden superar el 2% del financiamiento público del total otorgado a todos los partidos políticos;
  • Las aportaciones de candidatos y simpatizantes, durante los procesos electorales, no pueden superar el 10% del tope de gasto para la elección presidencial anterior;
  • Los gastos que realicen los partidos políticos en campaña, no podrán rebasar los topes que acuerde el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que para la elección de presidencial será equivalente al 20% del financiamiento público de campaña establecido para todos los partidos.

 

Por su parte, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece el derecho a recibir financiamiento público y privado (el cual no podrá rebasar el 10% del tope de gasto para la elección de que se trate), de los candidatos independientes, y la obligación de aplicarlo exclusivamente para los gastos de campaña.
Asimismo, se establece la obligación para candidatos independientes y partidos políticos de presentar al Instituto Nacional Electoral un informe de ingresos y gastos de campaña. Para vigilar el origen legal y la aplicación de los recursos de los partidos políticos durante campañas electorales (sean federales o locales), se facultó al Consejo General del INE para desarrollar, implementar y administrar un sistema en línea de contabilidad -en el que los partidos políticos y candidatos independientes deben reportar cada gasto- para la fiscalización en tiempo real de dichos recursos. Así, en caso de incumplimiento el INE puede imponer las sanciones que procedan.

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