¿Cómo se “repara” el daño de un atentado? Este es el caso de los Avispones de Chilpancingo
El 26 de septiembre de 2014 por la noche inició uno de los episodios más devastadores de la historia reciente en México. La policía municipal de Iguala atacó y persiguió a estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Aytozinapa en Iguala, Guerrero. Este acontecimiento no sólo dejó como resultado a 43 estudiantes desaparecidos, sino 9 muertos y más de 27 heridos.
Entre los asesinados de esa madrugada estaban la pasajera de un taxi, un jugador del equipo de fútbol Avispones de Chilpancingo y el chofer del camión que los transportaba. El transporte de los Avispones recibió, al menos, 170 disparos por parte de policías municipales.
Según testimonios de las familias de las víctimas Policías Federales detuvieron a los Avispones, 20 minutos antes del ataque; y después, los mismos elementos policiacos no auxiliaron a los heridos por balas e incluso intentaron impedir que fueran trasladados al hospital.
A principios de este año, las familias denunciaron la ineptitud por parte del gobierno estatal y federal, y refirieron que la Comisión de Atención a Víctimas sólo les brindó “apoyo psicológico exprés”.
¿Qué hace la CEAV?
La Comisión fue creada en 2014 como un organismo descentralizado de la Administración Pública por un decreto presidencial. Su objetivo era apoyar a aquellas personas que hubieran sido víctimas de un delito federal o una violación a sus derechos humanos. En teoría este organismo ayudarían a las víctimas a obtener acceso a la verdad, justicia y reparación del daño.
Fue hasta este 14 de noviembre que la CEAV instaló una mesa de trabajo con autoridades estatales y municipales de Guerrero para atender la resolución en favor de 14 integrantes del equipo de futbol afectados en el atentado. En octubre de este año, la comisión aprobó este la reparación integral del daño para ellos.
¿Qué incluye la resolución de la CEAV?
La comisión considera el pago por concepto de reparación de daño moral, así como coberturas para cubrir daños patrimoniales, perjuicios y otros conceptos previstos en la Ley General de Víctimas, en las leyes civiles y en convenios y tratados internacionales firmados y ratificados por el Estado mexicano.
Para este caso la reparación comprende medidas como la asignación a las víctimas y a su familia de un asesor jurídico permanente para darle seguimiento al caso, programas de atención psicológica a los miembros que lo requieran, becas educativas y una compensación económica.