El Debate del Aborto en México: Derechos Reproductivos vs Objeción de Conciencia

En 2007, la Ciudad de México marcó un hito al ser la primera en legalizar el aborto en el país. Desde entonces, otros estados se han ido sumando, ya sea por la decisión de los legisladores o por mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Hasta agosto de 2024, son 14 las entidades federativas donde el aborto ha sido despenalizado hasta la semana 12 de gestación.

Estos son los estados que han despenalizado el aborto:

  • CDMX: 24 de abril de 2007
  • Oaxaca: 25 de septiembre de 2019
  • Hidalgo: 30 de junio de 2021
  • Veracruz: 20 de julio de 2021
  • Coahuila: 7 de septiembre de 2021
  • Baja California: 29 de octubre de 2021
  • Colima: 1 de diciembre de 2021
  • Sinaloa: 8 de marzo de 2022
  • Guerrero: 17 de mayo de 2022
  • Baja California Sur: 2 de junio de 2022
  • Quintana Roo: 26 de octubre de 2022
  • Aguascalientes: 31 de agosto de 2023
  • Jalisco: 25 de abril de 2024 (aún falta que se acate un mandato de un Tribunal Colegiado)
  • Puebla: 15 de julio de 2024

En Aguascalientes, sin embargo, el pasado 28 de agosto, con menos de un año de haberse despenalizado el aborto, el Congreso local, dominado por el PAN, aprobó reformas al Código Penal para reducir el límite de la interrupción legal del embarazo de 12 a 6 semanas de gestación. Estas reformas contradicen lo ordenado por la SCJN el año pasado.

¿Y la objeción de conciencia?

Aunque el aborto ya es legal en casi la mitad de los estados del país, muchos médicos se niegan a realizarlo, incluso en casos de embarazo por abuso sexual.

Organizaciones feministas han señalado que estas negativas afectan los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y violan la Constitución.

En 2023, la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley General de Salud en materia de objeción de conciencia. Esta reforma busca erradicar la vulneración del derecho a la salud de los pacientes a quienes se les puede negar o restringir servicios como la interrupción del embarazo, el uso de anticonceptivos de emergencia, trasplantes de órganos, transfusiones sanguíneas, cuidados paliativos, entre otros.

Es importante aclarar que esta reforma no niega al personal médico su derecho a invocar la objeción de conciencia, pero sí establece en qué situaciones no se podrá aplicar y en cuáles será improcedente.

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La reforma busca garantizar que en todo hospital o clínica de salud siempre haya personal médico y de enfermería dispuesto a atender a los pacientes en cualquier procedimiento.

La objeción de conciencia se aplica principalmente en casos de aborto, lo que ha llevado a que muchas mujeres no puedan acceder a este procedimiento de salud debido a la negativa del personal médico.

Los diputados establecieron que la objeción de conciencia no podrá invocarse cuando esté en riesgo la vida del paciente, en situaciones de urgencia médica, o cuando implique una carga desproporcionada para la paciente.

Además, la iniciativa establece que en ningún caso la objeción de conciencia podrá ser motivo para retrasar o entorpecer la prestación de servicios de salud, ni para justificar un trato indigno, decoroso o discriminatorio hacia las personas que requieren atención médica programada o de urgencia.

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