Revierten exclusión de Movimiento Ciudadano de la Comisión Permanente

Hace unas semanas te contamos como un acuerdo entre Morena, aliados y la oposición derivó en que Movimiento Ciudadano fuera excluido de la Comisión Permanente, establecida de manera conjunta entre los dos órganos legislativos.

Dicho atropello fue llevado hasta el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y se ha revertido el acuerdo de Morena junto al PRI y PAN, que permitía la sobrerrepresentación de los guindas y sus secuaces habituales.

La “oposición” permitió la sobrerrepresentación de Morena y sus aliados en Comisión Permanente

Así lo informó el coordinador de MC en la Cámara, Jorge Álvarez Máynez:

Te compartimos el boletín oficial del Tribunal:

En diciembre pasado, los plenos de las cámaras de Diputados y de Senadores aprobaron el acuerdo de sus respectivas juntas de Coordinación Política (JUCOPO) por los cuales se eligieron a las y los legisladores integrantes de la Comisión Permanente.

Diversos senadores sin grupo parlamentario —que conforman al denominado Grupo Plural—, así como una diputada y un diputado del partido político Movimiento Ciudadano (MC) presentaron medios de impugnación ante la Sala Superior, al considerar que el hecho de que sus grupos no tengan representación en la Comisión Permanente genera una vulneración a sus derechos de representación, así como de acceso y ejercicio del cargo, derivados de su derecho a ser votados.

En sesión pública por videoconferencia, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior determinó que sí es competente para conocer de las impugnaciones presentadas, pues están involucradas afectaciones directas al derecho político-electoral de ser electo, en su dimensión de ejercicio efectivo del encargo.

Al respecto, la resolución resalta que, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, es necesario que la Sala realice una nueva reflexión sobre su competencia respecto a controversias como las de los casos analizados, debido a que, históricamente, los derechos parlamentarios han quedado fuera de su competencia. Sin embargo, conforme a criterios internacionales, el derecho político-electoral a ser votado comprende la posibilidad de ejercer el cargo. Así, este derecho es violado cuando se obstaculizan, a su vez, los derechos parlamentarios reconocidos a quienes desempeñan un cargo legislativo.

 

Previo

Conacyt plantea quitar becas por protestar en causas políticas y embarazarse

Siguiente

Comunidad Otomí exhorta a titular del INPI a dialogar y detener criminalización