Lo que hay que entender sobre la despenalización de la marihuana medicinal

El pasado viernes 28 de abril, la Cámara de Diputados dio un paso histórico en la eliminación de la prohibición y despenalización de la marihuana. Con 374 votos a favor, 7 en contra y 11 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó la minuta del Senado que permite el uso, la investigación científica, y la distribución con fines medicinales de la marihuana, y sus derivados de su producción.

A raíz de la sentencia del amparo en revisión 237/2014, la Suprema Corte de Justicia de la Nación destrabó la discusión en materia de salud pública y combate en materia de política de drogas, y rompió con el paradigma prohibicionista del uso, consumo y posesión de la marihuana, al amparar a la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerable A.C. (SMART), contra la negativa de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), a fin de que sus miembros pudieran producir y consumir marihuana de forma lúdica y sin fines de lucro.

Como consecuencia, el Ejecutivo Federal presentó al Senado de la República, una Iniciativa que proponía la despenalización y uso medicinal de la marihuana. Asimismo, distintos Senadores y Diputados, como Mario Delgado, Alejandro Encinas, Zoé Robledo Aburto o Jorge Álvarez Máynez, presentaron sendas Iniciativas que poponían la despenalización -algunos del uso lúdico o recreativo, y otros del medicinal- de la marihuana, reflejando la necesidad de atender el tema de las drogas, y en específico, el de la marihuana, desde una perspectiva de los derechos humanos, y una óptica de salud pública.

La reforma reclasifica a la marihuana, y al tetrahidrocannabinol como una sustancia psicotrópica con valor terapéutico que no representa un problema de salud pública, y mandata a la Secretaría de Salud para diseñar políticas públicas que regulen el uso medicinal de la marihuana, así como sus derivados farmacológicos, así como la investigación y producción de los mismos. Dicho cambio representa un gran avance, pues antes se consideraba a la marihuana y al al tetrahidrocannabinol como una sustancia con poco o nulo valor terapéutico, que representaba un problema grave de salud pública, por lo que, incluso, estaba prohibida su uso para la investigación científica.

Queda pendiente la despenalización del uso lúdico o recreativo de la marihuana

De igual manera, se permite, en los términos y condiciones de la autorización que emita el Ejecutivo, la siembra, cultivo, cosecha, preparación, adquisición, posesión, comercio, transporte, suministro, empleo y uso de la marihuana con fines médicos y científicos; y, podrán comercializarse, exportarse e importarse los productos con concentraciones del 1 % o menos de derivados de la cannabis sativa o marihuana y los que tengan usos industriales.

El avance es significativo, pues tiene implicaciones positivas en el goce del derecho a la salud de los mexicanos, ya que permitirá el desarrollo y fabricación de medicamentos derivados de la cannabis sativa o marihuana para tratamientos de enfermedades, tales como en la esclerosis múltiple, la epilepsia, el glaucoma, enfermedades relacionadas con dolor y coordinación motora, entre otras.
Sin embargo, queda pendiente la despenalización del uso lúdico o recreativo de la marihuana, que representaría un cambio total en la política de drogas, -enfocada en capturar a traficantes menores y/o a consumidores de sustancias ilícitas, en lugar de tratar a la persona desde un enfoque de salud pública y de los derechos humanos-, reconocería a los usuarios como sujetos de derechos -que incluyen, además del derecho a la salud, el derecho a la información, a la autonomía, al libre desarrollo de la personalidad, a la no discriminación y al debido proceso-, y permitiría liberar -como ha señalado en diferentes ocasiones el Diputado Jorge Álvarez Máynez- al menos a 50 mil personas presas por posesión o consumo de marihuana.

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