Adiós al fuero en la CDMX

Diputados y diputadas de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México aprobaron de manera unánime el artículo 72 de la Constitución de esta ciudad, el cual que deja sin la protección del fuero a los servidores públicos.

Lo anterior significa que a partir de la entrada en vigor de la nueva Constitución, los servidores públicos capitalinos que cometan un delito o una falta administrativa podrán ser juzgados como cualquier ciudadano, ya que no tendrán la protección del fuero.

“Las personas servidoras públicas son responsables por los delitos que cometan durante el tiempo de su encargo. En la Ciudad de México nadie gozará de fuero”, dice este artículo.

Por otro lado, los constituyentes aprobaron con el artículo 71, el juicio político a todos los funcionarios de elección popular, magistrados, integrantes del Consejo de la Judicatura y servidores públicos, que hayan sido nombrados o ratificados por el Congreso. Es decir que el desafuero tampoco será necesario para integrantes de organismos autónomos, de las Secretarías del gabinete, de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, del Sistema Anticorrupción, de los organismos descentralizados y fideicomisos públicos de la Ciudad.

Previo

Celebrar a Margo Glantz, una existencia a través de los libros

Siguiente

Una fuerza vulnerable: el malestar como energía de transformación social